Convocatoria de selección de personal

En estos momentos no existe ningún proceso de selección de personal abierto.

 


PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL NO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO CARTUJA, S.A.

INTRODUCCIÓN

Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A. (“Cartuja 93, S.A.” en la fecha de firma de esta normativa) es una sociedad mercantil del sector público andaluz, de las reguladas en el artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y, se rige por el derecho privado.

Para la realización de sus procesos de selección debe respetar no obstante, los principios contenidos en los artículos 52, 53, 54, 55 y 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, según estable su Disposición Adicional Primera.

Asimismo, de conformidad con la legislación presupuestaria de aplicación, los procesos de selección que realice la sociedad deberán contener todos los informes previos necesarios y, garantizar el cumplimiento de los siguientes principios:

  1. Igualdad de oportunidades.
  2. Mérito.
  3. Capacidad.
  4. Publicidad de las convocatorias y sus bases.
  5. Carácter abierto y libre concurrencia.
  6. Imparcialidad y profesionalidad de las personas que formen parte de los órganos de selección.
  7. Independencia, confidencialidad y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
  8. Adecuación entre el contenido de las pruebas que formen parte de los procesos selectivos y las funciones y tareas que tendrá que desarrollar la persona contratada.
  9. Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
  10. Eficacia y eficiencia.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

En materia de selección de personal laboral no directivo, Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A. se ceñirá en el protocolo de actuación general a parámetros de igualdad de trato y de oportunidades, examinando los méritos de los candidatos y la idoneidad de los mismos al puesto concreto, evitando de este modo la discriminación laboral entre hombres y mujeres, conforme al modelo de mínimos del Anexo I del presente procedimiento, que en cada caso sea aprobado por el órgano con poder suficiente en la sociedad. Así, las bases del proceso de selección de cada convocatoria deberán especificar, al menos:

  • La denominación del puesto ofertado, sus principales funciones, y las condiciones de contratación de la persona a incorporar.
  • El número de vacantes ofertadas.
  • Los requisitos de acceso que deberán reunir los/as aspirantes.
  • El sistema selectivo aplicable, con indicación del tipo de pruebas que se emplearán, así como los criterios y las normas de valoración de los/as aspirantes.
  • El plazo y método/s a emplear para la presentación de candidaturas.
  • La composición del Tribunal de Selección.

El proceso irá siempre precedido de convocatoria que deberá publicarse al menos, en la página Web de la sociedad: www.pctcartuja.es, así como de los procesos selectivos correspondientes basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S. A. velará porque para cada puesto de trabajo que pretenda cubrirse en cada momento, sean atendidos en igualdad de trato todas las personas que en un principio tengan las condiciones mínimas de aptitud y titulación profesional necesarias, dándoles un tratamiento igualitario.

Los criterios para la valoración de los curriculum vitae serán objetivos y estarán directamente vinculados a las funciones a desarrollar para el puesto de trabajo concreto que se requiera, tales como la titulación, la experiencia en puestos similares al ofertado, la inclusión de otros estudios complementarios a las funciones requeridas, la disponibilidad del demandante, etc.

En todo momento se mantendrá informados a los candidatos sobre los trámites del proceso de selección para el puesto concreto.

La sociedad tendrá almacenados los curriculum vitae que reciba por cualquier medio, tales como correo electrónico, fax, correo ordinario, etc en un archivo físico o informático creado al efecto, con acceso restringido.

 

Sevilla, septiembre de 2015.

Teresa Sáez Carrascosa

Directora General

Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S. A.

ANEXO I.

BASES GENERALES MÍNIMAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL EN PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO CARTUJA, S.A.

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la selección de personal, mediante concurso libre de méritos, para prestar servicios de carácter(1) ……….. en “Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S. A.” para los siguientes puestos a cubrir:

- ..........

(1)En caso de contratación temporal, añadir el motivo de la temporalidad de la relación laboral: sustitución de trabajadores durante los periodos de Incapacidad Temporal, acumulación de tareas, ejecución de programas y/o de obras/proyectos determinados.

 

Segunda.- Condiciones de los Aspirantes.

Los aspirantes deberán reunir las condiciones siguientes:

  1. Ser mayor de 18 años.
  2. Hallarse en situación legal de desempleo.
  3. Estar inscritos como demandantes de empleo.
  4. Tener nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Los nacionales de otros países tendrán derecho a participar de este programa en igualdad de condiciones que los españoles, siempre que todos los miembros de la unidad familiar acrediten su residencia legal en la Comunidad Andaluza, en los términos establecidos en la vigente Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y su normativa de desarrollo.
  5. Estar en posesión del título/certificado de:
    1.  ....
    2. .....
  6. Otras……

Tercera.- Publicidad de la convocatoria.

La convocatoria se hará pública, al menos, a través de la inserción del anuncio en la página Web de la sociedad: www.pctcartuja.es

 

Cuarta.- Presentación de las Instancias.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A. en c/ Isaac Newton, s/n Pabellón de la Unión Europea, 41092, Sevilla, dentro del plazo que se publique en cada caso con la convocatoria específica o, en su caso, mediante remisión por correo electrónico a la dirección que se especifique, en su caso.

Documentación a aportar:

  1. Documento nacional de identidad o tarjeta de identificación de extranjero.
  2. Vida laboral actualizada.
  3. Datos personales de contacto para comunicaciones relacionadas con el proceso a elección del candidato: teléfono, dirección postal, correo electrónico, etc.
  4. Otros……

El plazo para presentar solicitudes no podrá ser inferior a 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio.

La presentación de la instancia implica la aceptación de las bases por parte de la persona interesada.

 

Quinta.- Tribunal de Selección.

Presidente/a: ……………………

Vocales:

………………

………………

Secretario/a:…………………..

Los integrantes del Tribunal se nombrarán en función de las características del puesto a seleccionar.

Se podrá disponer la incorporación de asesores especialistas, cuando las características o la dificultad de la prueba así lo requieran, que colaborarán con el tribunal y tendrán voz pero no voto.

 

Sexta.- Selección.

1.  Experiencia laboral: (máximo xxxx puntos).

Servicios prestados en puestos de trabajo de la misma categoría profesional que la que se convoca, en puestos de similar cometido: xxxxx puntos por mes completo trabajado.

Acreditación: La experiencia se acreditará mediante la presentación de un informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de nóminas y/o contrato de trabajo que acredite dicha categoría.

2.  Formación: (máximo xxxxx puntos)

a)  Por Cursos o Masters realizados que guarden relación directa con el puesto de trabajo a desempeñar, previa acreditación de los mismos mediante certificación oficial y con la siguiente puntuación:

De más de 100 horas, xxxx puntos

De más de 75 hasta 100 horas, xxxx punto

De más de 50 hasta 75 horas, xxxx puntos

De más de 25 hasta 50 horas, xxxxx puntos

De 15 a 25 horas, xxxx puntos

b) Por conocimientos específicos en ……………. en función del puesto concreto a cubrir, previa acreditación de estar en posesión de algún certificado expedido u homologado por centro u organismo oficial, según el siguiente baremo:

Nivel Básico xxxx puntos.

Nivel Medio xxxx puntos.

Nivel Superior xxxx puntos.

Se puntuará únicamente el nivel más alto de conocimientos en la materia específica requerida que se posea.

 

3. Entrevista personal o proyecto (máximo xxxx puntos).

En función del puesto a seleccionar, se podrá optar entre la exigencia de presentar y defender ante el Tribunal de selección un proyecto sobre la materia del puesto a desempeñar o bien, una entrevista curricular donde se podrá valorar y comprobar el desempeño profesional del aspirante en puestos de trabajo anteriores, utilizando criterios como responsabilidad, iniciativa, autonomía, utilización de tecnología, motivación...etc.

 

Séptima.- Resolución del proceso y propuesta del Tribunal.

El Tribunal de Selección podrá solicitar referencias profesionales sobre los/as aspirantes, con el propósito de obtener información objetiva que le permita contrastar la veracidad de los datos aportados por los/as mismos/as.

La mera mención por parte de una persona en su curriculum vitae de empresas en las que haya trabajado, centros de formación donde haya estudiado, etc., implicará su autorización expresa al Tribunal para que éste pueda contactar con dichas entidades y realice las comprobaciones que estime oportunas para confirmar la veracidad y/o validez de la información aportada por el/la candidato/a.

La obtención de información objetiva que demuestre la falsedad de algún documento o información aportados por un/a aspirante, será condición suficiente para que la persona sea excluida del proceso de selección. Antes de tomar esta decisión, el Tribunal abrirá un período de alegaciones, que nunca será inferior a 10 días naturales, para permitir a la persona ejercer su derecho de aclaración.

Esta fase del proceso de selección no implicará ninguna puntuación para los/as candidatos/as.

Finalizado el proceso, el Tribunal propondrá a la dirección general de la sociedad o en su caso, al órgano competente, la contratación de la persona que mayor puntuación haya obtenido de la suma de todas las fases de selección anteriores.

Con el resto de candidatos/as, ordenados/as de mayor a menor puntuación, el Tribunal hará una lista de reserva y, ante cualquier contingencia que se produzca con respecto a la persona seleccionada durante los 12 meses siguientes a su incorporación a la empresa, la dirección general podrá tener en cuenta a las personas de esta lista para la cobertura de este mismo puesto, siguiendo para su llamamiento el orden de prelación establecido al finalizar el proceso. Así mismo, si en dicho plazo se produjeran nuevas necesidades de contratación para el mismo puesto, la dirección general podrá decidir la contratación de las personas de esta lista, respetando igualmente dicho orden de prelación.

Dicha lista de reserva será publicada en el acta final del proceso de selección, para conocimiento de sus integrantes.

Quien no acuda al llamamiento o renuncie al puesto de trabajo ofertado sin justificación suficiente no volverá a ser llamado, sin que su inclusión en esta lista le confiera ninguna vinculación con Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S. A, y ningún derecho vinculado a esta oferta.

El Tribunal podrá dejar desierta la cobertura del puesto ofertado en el supuesto de que los/as candidatos/as finalistas no hayan obtenido, en el global de las pruebas realizadas una puntuación mínima que éste considere suficiente para desempeñar las funciones del puesto. En caso de establecerse esta condición (por las características del puesto objeto de la convocatoria, por las necesidades de la empresa, por cualquier otra circunstancia a criterio del Tribunal) esta puntuación mínima deberá indicarse claramente en la convocatoria. Del mismo modo, el Tribunal podrá establecer esa misma puntuación mínima como condición para formar parte de la lista de reserva.

¿Tiene dudas?

Si tiene cualquier duda o necesita más información puede llamar al teléfono 671 59 28 47 o escribir al correo pctcartuja@pctcartuja.es.